Para brindar certidumbre en el sector inmobiliario, Congreso de Sinaloa aprueba expedir Ley de Servicios Inmobiliarios

América Armenta
07 julio 2022

Ante la falta de legislación que había sobre el tema, hay casos de usurpación de identidad, fraude

CULIACÁN._ Para regular las actividades de las y los agentes inmobiliarios, dar certidumbre a las operaciones que realizan con certeza jurídica, profesionalismo, seguridad y estricto cumplimiento a las obligaciones contractuales, se aprobó expedir la Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios del Estado de Sinaloa.

Fue por unanimidad que el Pleno del Congreso de Sinaloa votó a favor del dictamen presentado, que busca también incrementar la seguridad de las y los clientes o las y los usuarios de los servicios inmobiliarios y la protección de su patrimonio.

Carlos Eduardo Retamoza Ochoa, de Asesores Inmobiliarios de Sinaloa; el Ingeniero Roberto Carlos Arellano Osorio de la Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios, AMPI, sección Mazatlán; Ingeniero Erick Alexis Serrano Gambino, de AMPI Culiacán; Ingeniero polo Álvarez, Presidente de AMPI sección Los Mochis, estuvieron presentes.

“Los beneficios son buscar una licencia a aquella persona que se dedique a lo que es el ramo inmobiliario o asesor inmobiliario, para salvaguardar y cuidar las buenas prácticas en la compra de un bien inmueble o renta de un bien inmueble, lo importante para nosotros es cuidar esa solvencia que nos permita dar un mejor servicio y cuidar nuestro estado con una ley que regule y nos ayude a certificar a la gente”, dijo Retamoza Ochoa.

Ante la falta de legislación que había sobre el tema, denunciaron que hay casos de usurpación de identidad, fraude y operaciones que no se llevaron correctamente por personas que se dijeron inmobiliarios y no están capacitadas o certificadas. Tener ahora un reglamento que dé orden, significa que habrá más inversiones y mejores oportunidades para la ciudadanía y el gremio.

“Esta nueva ley, nace de la necesidad de crear un marco normativo que permita poner fin a la informalidad, los fraudes y la evasión fiscal, a la par, reconocer la importancia de esta actividad, no sólo para la economía de nuestro estado, sino porque la vivienda es un pilar estratégico y un derecho en tanto necesidad básica del ser humano”, declaró César Ismael Guerrero Alarcón, morenista impulsor de la ley.

Mientras que su compañero de bancada, Diputado Ambrocio Chávez Chávez, destacó que la ley traerá también la regularización de todos los servicios inmobiliarios y la creación de un padrón certificado que será conocido por toda la sociedad, que incluya notarías y Registro Público de Propiedad, evitando que exista la competencia desleal y los monopolios.

El integrante del PRI, Luis Javier de la Rocha Zazueta, señaló que se impulsará la competitividad con esta ley, con políticas transversales que contribuyan a un desarrollo económico local y estatal, lo cual se logra con normas que impulsen el crecimiento sostenido, de ahí que resaltara la importancia de expedir la Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios del Estado de Sinaloa.

La aplicación e interpretación de la presente ley corresponderá a la Secretaría General de Gobierno, que depende del Poder Ejecutivo del Estado quien contará con nueve atribuciones siendo la primera recibir las solicitudes y en su caso, otorgar la licencia respectiva al agente inmobiliario e inscribirla en el Registro.

La Secretaría General de Gobierno a través de la Dirección del Archivo General de Notarías del Estado de Sinaloa, actuará como órgano de apoyo técnico de la misma, en relación con la aplicación de esta ley, de conformidad con las atribuciones que les confiere el reglamento respectivo.

La Dirección del Archivo General de Notarías del Estado de Sinaloa implementará las medidas necesarias a efecto de que los notarios públicos verifiquen, antes de formalizar cualquier acto jurídico de carácter inmobiliario, que el agente inmobiliario que en caso intervenga en dichas operaciones cuenten con la inscripción en registro y la licencia a que se refiere la presente ley, según proceda.

Los notarios públicos deberán dar aviso a la Secretaría cuando de la verificación resulte que el agente inmobiliario no cuenta con la inscripción en el registro y con la licencia respectiva.