En Sinaloa, 15 años será el tope de edad para el delito de violación equiparada

América Armenta
26 agosto 2021

El Congreso aprobó reformas al Código Penal para homologar con la legislación federal a 15 años la edad tope de la violación equiparada, que antes era de 14 años en Sinaloa

Elevar a 15 años el tope de edad de violación equiparada, es decir, que se realice cópula aunque sea sin violencia con una menor de 15 años, la acción aprobada por el Congreso de Sinaloa al reformar el Código Penal del Estado, esto para homologar la edad con la legislación federal, ya que en Sinaloa antes eran 14 años el tope de violación equiparada.

La fracción primera del Artículo 180 del Código Penal para el Estado de Sinaloa es la que se modificó en busca de contribuir en la lucha de las instituciones del Estado por erradicar la violencia sexual en niñas, niños y adolescentes. La Diputada de Morena Francisca Abelló Jorda, y el Diputado del PRI, Jorge Rodríguez Ayala, respaldaron esta reforma.

Abelló Jordá informó que entre los países pertenecientes Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, México ocupa el deshonroso primer lugar en abuso sexual infantil, sumado a que se calcula que no se denuncia el 94 por ciento de los delitos sexuales que se cometen anualmente, siendo los que presentan mayor impunidad, los perpetrados por agresores conocidos.

“Y me entristece decirlo que también ocupa el primer lugar en embarazo infantil. Algo tan lamentable, niñas teniendo bebés ¿Qué ha ocurrido con el Estado mexicano durante tanto tiempo que ha omitido el cumplimiento de su obligación de salvaguardar el Interés superior de la niñez y el garantizar que las niñas, niños y adolescentes tengan pleno derecho a un sano desarrollo integral, a la protección de la salud, al acceso a una vida libre de violencia y a la integridad personal?”, cuestionó la legisladora morenista.

“EL 90 por ciento de las violaciones que se cometieron contra niñas y adolescentes entre 10 y 14 años, no derivaron en una denuncia o averiguación previa, pese a que las instituciones de salud dan parte a las instituciones de procuración de justicia”, agregó Abelló Jordá sobre la cifra negra que se ha alertado alrededor de los delitos sexuales y de violencia contra las mujeres.

Las mujeres de 15 años o menores, abundó, no tienen la capacidad para otorgar su consentimiento, de ahí que exista una mayoría de edad para que se permita la ciudadanía y tomar decisiones, por lo que consideró un gran avance es aumentar el rango de edad de la violación equiparada, para que la violación a adolescentes de 14 años deje de castigarse con menor severidad, ya que aún se considera estrupo.

“El debate sobre la edad mínima para el consentimiento sexual está generando cambios legislativos, por lo que en Sinaloa no debemos de permanecer al margen, armonizar la normativa local con la normativa federal vendrá a contribuir en la lucha de las instituciones del Estado por erradicar la violencia sexual en niñas, niños y adolescentes”, concluyó.

Rodríguez Ayala destacó que con la propuesta de la Comisión de Justicia, sobre la modificación al Código Penal de Sinaloa, aprobada este jueves, en caso de comprobarle este delito, el inculpado podrá tener una sanción de hasta 30 años de cárcel, considerando que es un paso muy importante en el objetivo superior de proteger la integridad de niñas, niños y adolescentes.

“Sin duda, con decisiones como las que ahora debemos tomar, estaremos generando una cultura de protección hacia los derechos de niñas, niños y adolescentes. La violencia en contra de ellas y ellos, daña severamente a toda la sociedad”, manifestó.

“Por eso, para una sociedad como la sinaloense, es indispensable que avancemos con mayor prisa para que realmente se proteja y se respete el derecho que tienen las niñas, los niños y los adolescentes, de tener una vida plena que les permita el desarrollo de todas sus capacidades”, añadió.

El legislador subrayó que la reforma se hizo en total convencimiento de que se está dando cumplimiento a los acuerdos emanados de la Convención Internacional sobre los derechos del niño. Pero también a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y a la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.