En caso de Salud, faltaron acusados, pues todos sabían y avalaron contrato irregular, dice Juez
"Gil Álvarez fue acusada, junto con Echeverría Aispuro y Otáñez García, de haber gestionado y avalado un contrato irregular por 18 millones de pesos por servicios de imagenología y el pago de más de 14.7 millones de pesos"
El ex secretario de Salud estatal, Ernesto Echeverría Aispuro, y sus ex colaboradores Jaime Otáñez García y Alejandra Gil Álvarez no debieron ser los únicos en ir a juicio por el contrato irregular de servicios de imagenología, faltaron varios funcionarios, aseguró la juez que sentenció a la ex directora administrativa de los Servicios de Salud de Sinaloa.
Luego de los discursos de debate en la audiencia de individualización de la pena, Gil Álvarez fue sentenciada a pasar cuatro años en prisión y el pago de una multa de 17 mil 529.60 pesos, además de cuatro años de inhabilitación para ocupar cargos públicos.
Sin embargo, su nulo antecedente delincuencial, su comportamiento durante el proceso y el tamaño de la pena sentenciada le permitieron acceder al beneficio de una suspensión condicional para eludir la cárcel, para lo que tiene que cumplir con una serie de requisitos, entre ellos el pago de una garantía económica de 10 mil pesos.
Gil Álvarez fue acusada, junto con Echeverría Aispuro y Otáñez García, de haber gestionado y avalado un contrato irregular por 18 millones de pesos por servicios de imagenología y el pago de más de 14.7 millones de pesos.
Pero el ex Secretario se apegó a la suspensión del proceso y pagó 7 millones de pesos como reparación del daño y el ex Director de Atención Médica fue absuelto por la Fiscalía.
Los abogados de Gil Álvarez intentaron en diferentes ocasiones conseguir la absolución, respaldándose en la misma teoría que benefició a Otáñez García, y en la responsabilidad admitida por Echeverría Aispuro cuando decidió no seguir en el juicio y reparar el daño.
Por eso los abogados acusaron, en su discurso, que en este caso había una justicia selectiva que perjudicó a Gil Álvarez.
“¿Justicia selectiva?, cuestionó la juez Sara Bruna Quiñónez Estrada antes de dar su veredicto.
“Debo admitir que comparto ese punto de vista, pero no fue por parte de este tribunal, sino de quiénes no ejercieron acción penal contra los jefes de departamento y directores de Servicios de Salud; estuvieron aquí y admitieron haber intervenido y tuvieron participación en la firma de ese contrato”.
Recordó que fue la propia Fiscalía quien decidió no perseguir más a Otáñez García.
“Y fue la propia Fiscalía la que solicitó la audiencia de suspensión provisional del proceso
contra Echeverría Aispuro”, recalcó, “y no fue esta juez quien aprobó esta audiencia”.
También recalcó que en la audiencia de sobreseimiento, no hubo nada que probara que Echeverría Aispuro pagara su parte del trato para obtener la suspensión del proceso en su contra.
“Desde que se dijo que cumplió con la reparación del daño, no se nos mostró documento; no se dijo a quién se lo depositó”, dijo, “no hay evidencia de que haya pagado o a quién”.
“No tengo yo la certeza de que se haya cumplido la reparación del daño, sólo está la escueta declaración de las partes que dijeron que sí se cumplieron”.
Echeverría Aispuro fue citado en cuatro ocasiones en la etapa de juicio oral contra Gil Álvarez, porque fue propuesto como testigo de la defensa, pero éste nunca respondió los llamados.
Hace dos semanas, la juez desechó a Echeverría Aispuro como testigo de la defensa, después de que no se presentó para declarar a favor de Gil Álvarez y los policías investigadores informaron que se habría ido a radicar a los Estados Unidos.