El 6 de abril se discutará posible consulta indígena sobre planta de amoniaco en Ohuira: Corte
El amparo interpuesto por la comunidad indígena de Lázaro Cárdenas cuestiona la resolución de Semarnat del 21 de abril de 2014, que aprueba la instalación de la planta de amoniaco, pero con ciertas condicionantes; los quejosos argumentan la falta de consulta indígena
El proyecto que prevé una posible consulta indígena para la instalación de la planta de amoniaco en la bahía de Ohuira en Ahome, se discutirá y será votado el 6 de abril en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
El amparo 528/2018, que está en el Juzgado Sexto de Distrito en Sinaloa interpuesto por la comunidad Lázaro Cárdenas, cuestiona el resolutivo SGPA/DGIRA/DGG/03576 del 21 de abril de 2014, en el que Semarnat aprueba la creación de la planta de amoniaco, pero con ciertas condicionantes, y reclama la omisión de la realización de una consulta indígena.
Este amparo tiene un recurso de revisión, en el que Semarnat, en el que señalan que la comunidad Lázaro Cárdenas no acreditó su interés legítimo para combatir la resolución reclamada, ya que:
1.- No bastaba auto llamarse indígena para demostrar la titularidad de los presuntos derechos afectados; y 2.- No demostró que los pretendidos derechos, pudieran verse afectados de forma alguna con la autorización en impacto ambiental.
Ante esto lo que plantea la Segunda Sala de la Suprema Corte de la Nación y el Ministro Alberto Pérez Dayán es lo siguiente:
El primer agravio de Semarnat resulta infundado porque: El artículo 2 de la Constitución Federal establece que la “conciencia de su identidad indígena deberá ser criterio fundamental para determinar a quiénes se aplican las disposiciones sobre pueblos indígenas”.
La ley es clara al referirse al principio de autoadscripción como criterio fundamental para definir al sujeto de derechos”. Esto significa que “no corresponde al Estado ni a los especialistas decidir a quién se aplican los derechos indígenas, sino que es facultad de la persona definirse como tal”.
El proyecto de Pérez Dayán señala que existen normas convencionales y constitucionales que tutelan un interés difuso en beneficio de una colectividad.
Destaca el derecho de los pueblos y comunidades indígenas a la consulta previa, libre e informada, consagrado por el artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes.
Por lo que el acto reclamado transgrede ese interés difuso de manera colectiva y se comprueba que la autorización condicionada del proyecto “Planta de Amoniaco 2200 TMPD” fue emitida sin que haya mediado la referida consulta previa.
Ante esa argumentación de Semarnat el Ministro PérezDayánn establece en su proyecto las razones por las que este agravio resulta infundado.
Aunque el proyecto se muestra a favor de los quejosos, es decir, en el sentido de que se tiene que llevar a cabo la consulta indígena, pero esto todavía tiene que ser discutido y votado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Además de este amparo, en los Juzgados de Distrito del estado de Sinaloa se mantienen interpuestos dos más por falta de consulta indígena y tres por derecho a un ambiente sano.
Hay que esperar resultado de la Corte
A pocos días de que se lleve a cabo la discusión del proyecto en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Víctor Vaca Cuéllar, director de Gas y Petroquímica de Occidente, señaló que están esperando los resultados de la Corte para poder avanzar.
“Nosotros estamos esperando el resultado de la Corte, esperamos que sea pronto, porque el proyecto está parado debido a los amparos que tenemos, entonces una vez se resuelva o tengamos resultados de la Corte, que esperamos que sea pronto, entonces ya podemos dar seguimiento para el proyecto”, comentó.
“O sea, estamos esperando así como toda la sociedad en el sentido de que pues todo, como ustedes saben hubo una consulta popular donde más del 65 por ciento de la población salió a favor del proyecto y justamente ahora hay la necesidad increíble del fertilizante, el precio ha subido muchísimo después de la pandemia, tenemos también la necesidad de un impulso económico en la región”.
El director del proyecto de la planta de amoniaco que promueve la empresa GPO, señaló que están esperando para dar inicio, y así también comenzar con proyectos que tienen en temas ambientales y sociales, que están en pausa al igual que la instalación de la planta.
Sobre los proyectos, dijo están contemplados la remediación de la bahía de Ohuira, en donde se busca mejorar la calidad del agua para la pesca, que va de la mano con el tema social, “porque si mejoras el tema ambiental, mejoras la flora y fauna de la bahía entonces de alguna manera pues esto implica que los pescadores de la región tanto de las comunidades alrededor de la bahía como las que están más alejadas, de alguna manera tengan mejor producto y mayor cantidad de producto”, dijo.
¿Si se llegará a realizar la consulta, respetarían el resultado?
“Lo que pasa que la consulta indígena tiene otra normativa, entonces nosotros respetamos y vamos a seguir la normativa de la consulta indígena en el sentido de que vamos a informar a las comunidades indígenas y vamos a respetar sus comentarios de eso trata, ya la autoridad federal tiene que evaluar esos comentarios y definirlos como los va a plasmar en un permiso ambiental, de eso se trata”.