Educar para el consumo responsable

Fernando García Sais
09 septiembre 2020

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fernando@garciasais.mx

 

Está por iniciar vigencia la Norma Oficial Mexicana en materia de etiquetado de alimentos que, tras una revisión periódica, ahora introduce los hexágonos para informar, a manera de alerta, sobre los “excesos” de grasas, calorías, azúcares (NOM-051-SCFI/SSA1-2010, https://www.dof.gob.mx/2020/SEECO/NOM_051.pdf). La idea es “advertir de forma clara y veraz sobre el contenido de nutrimentos críticos e ingredientes que representan riesgos para su salud en un consumo excesivo”.

La idea subyacente es el cuidado de la salud, por conducto del fortalecimiento del derecho a la información del consumidor y su libertad para decidir. Sin información relevante no es viable tomar decisiones que produzcan bienestar. El exceso de información tampoco abona a un ambiente de información clara y veraz.

Comprar con los ojos cerrados es como apostar en un casino. Lo más probable es que se va a perder. Así como los ludópatas siempre pierden y de paso arrastran en su enfermedad a sus cercanos, los consumidores habituales de productos chatarra padecen de riesgos sanitarios que se traducen en enfermedades en un entorno de obesidad ambiental. La Constitución General de la República contiene un principio fundamental en materia de salud y otro vinculado con la tutela de los consumidores. Una buena mancuerna para elevar el bienestar de los mexicanos.

Frente a dichos derechos fundamentales, los obligados a protegerlos y potenciarlos son los empresarios. El Estado asume una función reguladora indispensable, a la luz del histórico déficit de un derecho efectivo para el control de daños. La población consumidora ha padecido de malos productos que, a partir de publicidad comercial engañosa, logran ganarse el cariño de los bolsillos familiares. Galletitas y pastelillos de 15 pesos que se antojan suculentos pero que se traducen en obesidad infantil, diabetes y hasta cáncer.

La información de calidad es esencial en el mercado. Advertir de los riesgos derivados del consumo de productos eventualmente nocivos para la salud es un deber empresarial que preexiste a la NOM051. Callar sobre los defectos esperando vender más es una actitud ilícita intolerable.

Si el modelo institucional no ha sido efectivo para disuadir las malas prácticas comerciales a pesar del mandato constitucional de proteger a los consumidores (desde mediados de los 80) y con una ley protectora del consumidor (de mediados de los 70) existen dudas razonables de que la nueva regulación de etiquetado vaya a ser motivo de nuevos procedimientos sancionadores.

De la mano, no sabemos ex ante si la población consumidora a partir de la lectura de las advertencias en los empaques vaya a modificar sus hábitos de consumo. La educación al consumidor sigue siendo un déficit serio. Mientras a los niños no se les enseñe a ser consumidores responsables las empresas continuarán colando sus chatarras en las alacenas de los mexicanos.