Botar la justicia

Fundar
13 julio 2024

Esta semana, la Suprema Corte de Justicia de la Nación clausuró los trabajos del Encuentro Nacional para una Agenda de Seguridad y Justicia, el cual ha presumido como un ejercicio inigualable de escucha y del que derivará una propuesta alterna e integral a la iniciativa presidencial de reforma al poder judicial que se discute con mucha vehemencia en estos días. Sin embargo, todo parece indicar que la iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal no sufrirá cambios de fondo y que los Diálogos Nacionales para la Reforma del Poder Judicial que se realizan desde el Congreso de la Unión están lejos de ser espacios efectivos para analizar la viabilidad y pertinencia de la propuesta. Todo lo contrario.

Es sumamente lamentable para una reforma que pregona resolver cómo hacer efectivo y accesible el derecho a la justicia para todas y todos. La “solución” planteada no da atisbos de cómo se resolverán los problemas de corrupción y de impunidad en las instituciones responsables de procurar (fiscalías) e impartir (tribunales) justicia. ¿Cómo puede el hecho de que las personas juzgadoras (ministras, magistradas y juezas) sean electas por el pueblo, resolver los grandes rezagos de justicia en el país? La relación causal que se vende es forzada, y lo que es peor, peligrosa.

El Poder Judicial no tiene una función representativa, pues la justicia debe ser pareja para todas las personas. Exponerla a promesas de campaña es riesgoso y la aleja del ideal de imparcialidad. De hecho, las pocas experiencias en el continente (Bolivia y Estados Unidos) que utilizan este mecanismo no han salido bien libradas.

Por ejemplo, en Bolivia, el único país en el mundo que elige a ministros y ministras por voto popular, la confianza hacia el Poder Judicial no ha mejorado. De hecho, el “76 % de la población le tiene poca o nula confianza”. Además, en la última elección, “más del 65% de las boletas de aspirantes al poder judicial fueron anuladas o dejadas en blanco”, pues las personas no conocen a quienes aspiran a integrar el Poder Judicial y su desempeño ha reflejado decisiones favorables al partido gobernante.

En el caso de Estados Unidos, el mecanismo de voto popular se usa en algunos estados para elegir a juezas y jueces locales. Ahí se ha observado que “este tipo de selección no ha garantizado el actuar independiente de las personas juzgadoras, pues sigue habiendo grupos de interés que apoyan a las y los aspirantes y convierte a la justicia en un repositorio de intereses, donde el fallo determina la conservación del empleo” y las personas impulsadas por los partidos buscan salvaguardar las ideologías y planes de gobierno de sus patrocinadores.

¿La legitimidad de origen de las personas juzgadoras sólo podría venir del voto? La respuesta es no. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos sostiene que un proceso de designación apegado a estándares y buenas prácticas en la materia fortalece la legitimidad de quienes asumen altas responsabilidades públicas, además de que contribuye a generar certeza y construir confianza ciudadana. Ciertamente, muchos de los cuestionamientos en este tema han sido producto de las malas designaciones que han realizado los poderes públicos, quienes, por cierto, seguirían teniendo esta facultad en la propuesta presidencial y no el pueblo.

Por ello es fundamental ampliar los requisitos de acceso para transitar de una buena vez a cualidades de idoneidad e independencia en las designaciones. Además, se deben modificar las reglas para permitir que todas las personas con los méritos y capacidades requeridas puedan participar mediante convocatorias públicas y abiertas, en lugar de depender de la propuesta de los poderes públicos, que han demostrado una y otra vez poca pericia y compromiso para designar a las y los mejores. No permitamos que se siga relegando y “botando” la justicia y el acceso a nuestros derechos en favor de las falsas bondades del “voto popular”.

#SinCuotasNiCuates

* La autora Itzel es coordinadora del Observatorio de Designaciones Públicas (@designaciones), proyecto impulsado por Article 19 México y Centroamérica y Fundar, Centro de Análisis e Investigación, que tiene el objetivo de promover estándares de transparencia, participación ciudadana y rendición de cuentas en los procesos de designación de altas responsabilidades públicas y generar una deliberación pública sobre la idoneidad de los perfiles como una vía para contribuir al fortalecimiento de las instituciones.

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